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RESOLUCIÓN Nº 02/12

VISTO:

  • La necesidad de  efectivizar los reintegros  sobre las prácticas Odontológicas en general;

Y CONSIDERANDO:

  •          Que es atribución del Consejo Directivo reglamentar el funcionamiento administrativo de la Mutual;
  •          Que es intención de este Consejo Directivo atender las necesidades de los/as asociados/as brindando la mayor cobertura posible sobre los reintegros presentados, y agilizar los trámites pertinentes;

 

POR ELLO:
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA MUTUAL
PARA EL MAGISTERIO RIONEGRINO
RESUELVE

Art. 1º: Que a partir del día  1 de Marzo del corriente año  se pondrá en vigencia el código único para reintegrar valores sobre todas las prestaciones Odontológicas (78.01.01), correspondiendo al 20% del total de la factura.
Art. 2º: Que el reconocimiento tiene un tope de 1 UG ($1.100) por año o Ejercicio Económico y por grupo Familiar, pudiendo el Delegado CERTIFICAR  la fotocopia contra la presentación del ORIGINAL.
Art. 3º: Que la presente deja sin efecto toda resolución anterior al respecto.
Art 4º : La presente deberá ser incluida en la Memoria Anual.
Art. 5º: La presente queda Ad Referéndum de la Asamblea Ordinaria.
Art. 6º: Comuníquese, notifíquese y archívese.

 

                                                                                Viedma, 28 de Febrero de 2012